EDJ: 2006/113087. Sentencia 207/06 de la Sección 3ª de la AP de Badajoz, de 26 de julio 2006.
Las certificaciones catastrales no prueban la propiedad dado que no pasan de ser meros indicios que necesitan conjugarse con otros medios probatorios, con más razón no pueden ser tampoco por sí mismas pruebas de una posesión a título de dueño. No ha de olvidarse que la titularidad catastral no implica el reconocimiento público de un derecho, ya que el catastro no da fe de los derechos que recaigan sobre la finca ni, por tanto, acredita su titularidad dominical, aunque sí pueda presumirse la certeza de los datos físicos que contempla. Ver más información
Del derecho y de la interpretación de las normas.
Por José Manuel Pacho Blanco, Abogado
La revisión judicial de las sanciones disciplinarias impuestas por los colegios de abogados.
Por José Ricardo Pardo Gato
05/11/2006
Curso práctico sobre Procedimiento Urbanístico
15/11/2006
Curso Expropiación forzosa. ICAB
22/11/2006
Seminario sobre Gestión, tramitación y ejecución del Contrato de Obra
Derecho de la Circulación y Seguro de vehículos.
Edita El Derecho Editores, 2006.
El Derecho a la integridad personal
Edita Lex Nova, 2006.